Micelio
Auto19 de diciembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 establece la agenda y metodología de la sesión técnica sobre los componentes de generación de ingresos, retornos y reubicaciones, educación y vivienda a realizarse el 22 de enero del 2024, fecha de aniversario número 20 del precitado fallo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. ADOPTAR la agenda descrita en el fundamento 8 de la presente providencia para la sesión técnica sobre generación de ingresos, retornos y reubicaciones, vivienda y educación del día veintidos (22) de enero de 2024. La sesión se llevará a cabo a partir de las ocho de la mañana (8:00 am.) en la Sala de Audiencias del piso 9º del edificio antiguo de la Bolsa de Bogotá, ubicado en la carrera 8 No. 12b - 82 en la ciudad de Bogotá.
  2. Segundo. CONVOCAR a la sesión técnica, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora general de la Unidad para las Víctimas; a la directora del Departamento para la Prosperidad Social; a la ministra de Trabajo; a la ministra de Agricultura y Desarrollo Rural; a la ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio; a la ministra de Educación y a la directora del DANE; al director o delegado del Departamento Nacional de Planeacio´n; al ministro o delegado del Ministerio de Defensa Nacional; al director o su delegado del Servicio Pu´blico de Empleo; al ministro o su delegado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; al director o su delegado del SENA; al director o su delegado de Bancoldex; al director o delegado de la Agencia Nacional de Tierras; al directo o delegado de la Agencia Desarrollo Rural; al presidente o delegado de Finagro y al presidente o delegado del Banco Agrario de Colombia; a la coordinadora de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas y a tres de sus representantes; a tres (3) representante de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a la Procuradora General de la Nación; al Contralor General de la República y al Defensor del Pueblo y sus delegados y al alcalde mayor de Bogotá o su delegado.
  3. Tercero. INVITAR, en calidad de expertos, al investigador Roberto Ángulo; al profesor Leopoldo Fergusson, director del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico - CEDE - Universidad de Los Andes; a la Señora Mireia Villar Forner, coordinadora residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia y Coordinadora Humanitaria; y a Mireille Girard, representante del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia.
  4. Cuarto. SOLICITAR a las entidades convocadas, agencias invitadas y demás intervinientes a la sesión técnica que remitan a esta Corporación, a más tardar el doce (12) de enero de 2024, el listado de las personas que asistirán a la audiencia pública con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico de la Sala Especial de Seguimiento (desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co).
  5. Quinto. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica y conexiones para asegurar las intervenciones virtuales que se puedan requerir. También, que se realicen las pruebas técnicas a las que haya lugar previo a la celebración de la sesión técnica.
  6. Sexto. COMUNICAR el presente auto, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, a la directora general de la Unidad para las Víctimas; a la directora del Departamento para la Prosperidad Social; a la ministra de Trabajo; a la ministra de Agricultura y Desarrollo Rural; a la ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio; a la ministra de Educación y a la directora del DANE; al director o delegado del Departamento Nacional de Planeacio´n; al director o su delegado del Servicio Pu´blico de Empleo; al ministro o su delegado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; al ministro o delegado del Ministerio de Defensa Nacional; al director o su delegado del SENA; al director o su delegado de Bancoldex; al director o delegado de la Agencia Nacional de Tierras; al directo o delegado de la Agencia Desarrollo Rural; al presidente o delegado de Finagro y al presidente o delegado del Banco Agrario de Colombia; al alcalde mayor de Bogotá o su delegado; a la coordinadora de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas y a tres (3) de sus representantes; a tres (3) representante de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a la Procuradora General de la Nación; al Contralor General de la República y al Defensor del Pueblo y a sus delegados; al investigador y economista Roberto Ángulo; al profesor Leopoldo Fergusson, director del Centro de Estudios sobre Desarrollo Económico - CEDE - Universidad de Los Andes; a la coordinadora residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia y coordinadora humanitaria; y a la representante del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia.
  7. Séptimo. SOLICITAR a la Secretaría General de esta Corporación, el acompañamiento de la sesión técnica de la que trata la presente providencia con el fin de levantar la respectiva acta.
  8. Notifi´quese, comuni´quese y cu´mplase.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.